martes, 29 de junio de 2010

PROPONEN CREAR EL PROGRAMA MUNICIPAL DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VICTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS EN ALMIRANTE BROWN

Adrogue, 29 de junio de 2010.- Frente al avance indisimulable del flagelo de la prostitución que está íntimamente ligado a la trata de personas, es decir, a una de las formas más aberrantes que ha asumido en estos tiempos la esclavitud, el partido GEN propone impulsar, en él ámbito municipal, un programa preventivo y de asistencia a sus víctimas.

La iniciativa de la concejala Florencia Retamoso pretende asistir a las mujeres y niñas que han sido o podrían llegar a ser objeto de trata mediante la creación de un Programa que tendrá, como objetivo general, contener la situación de emergencia social que las afecta en el marco de lo establecido por la Ley Nacional Nº 26.364. Asimismo, el proyecto contempla la generación de acciones de capacitación y concientización sobre la trata de personas y la explotación sexual de mujeres y niñas.

Para Retamoso “frente a este fenómeno, que afecta sobre todo a mujeres y niñas provenientes de los sectores más vulnerables de la sociedad, es necesario una urgente intervención del Estado Municipal, como garante de los derechos de las personas que residen en el Partido de Almirante Brown”.

Vale la pena recordar que el 87 % del total de las víctimas de trata de personas son mujeres, niñas y adolescentes captadas para la prostitución y la explotación sexual; y que, en su mayoría, las víctimas provienen de hogares de escasos recursos económicos, con altos niveles de exclusión social, mínimo acceso a la educación y al trabajo formal.

“Más allá de la función de seguridad que debe proveer la policía para desbaratar a las bandas de delincuentes que hacen de la trata su negocio, resulta imperioso que el Municipio se involucre más activamente para contener a quienes han sido víctima de ellos y alertar a los sectores de menos recursos sobre este flagelo”, aseguró Retamoso.

Para la Concejala es necesario generar mecanismos que posibiliten una rápida contención a quienes pueden ser rescatadas de una situación de trata, a los fines de asegurar su reinserción social y el desarrollo de una vida digna.

Entre los objetivos específicos del Programa se prevé la realización de campañas de concientización pública con perspectiva de género y derechos humanos; la implementación de cursos de capacitación para empleados y empleadas municipales con especial énfasis en aquellos agentes que se desempeñan como inspectores de comercios y realicen labores de asistencia social.

El Proyecto presentado por Retamoso asegura también que se brinde asistencia médica y psicológica y el patrocinio jurídico adecuado a las víctimas; que se generen mecanismos eficaces de protección y refugio contra eventuales actos de represalias o intimidación hacia las víctimas y su entorno; que se preste cooperación y asistencia para la obtención gratuita y con carácter de urgente de la documentación necesaria a efectos de regularizar la situación migratoria de las personas extranjeras afectadas; que se promuevan acciones tendientes a desarrollar emprendimientos productivos de modo de incorporar a las personas afectadas al empleo formal tendiendo a generar fuentes genuinas de recursos económicos que garanticen su subsistencia; y garantizar la incorporación de los niños, niñas y adolescentes afectados al sistema formal de educación.

Sesión 01/07/2010

Almirante Brown, 28 de junio de 2010

VISTO:

La Ley Nacional Nº 26.364, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas

CONSIDERANDO:

Que la prostitución, en tanto consumo del cuerpo de las mujeres, está asociada de manera indisoluble a la trata de personas, siendo fenómenos concurrentes que deben abordarse en forma conjunta.

Que frente a este fenómeno, que afecta sobre todo a mujeres y niñas provenientes de los sectores más vulnerables de la sociedad, es necesario una urgente intervención del Estado Municipal, como garante de los derechos de las personas que residen en el Partido de Almirante Brown.

Que existe en el Estado nacional un programa que se encarga de temas de trata. El programa se llama "Programa de atención a las Víctimas contra las violencias" y está a cargo de la Dra. Eva Giberti.

Que el 87 % del total de las víctimas de trata de personas son mujeres, niñas y adolescentes captadas para la prostitución y la explotación sexual.

Que en su mayoría, las víctimas provienen de hogares de escasos recursos económicos, con altos niveles de exclusión social, y mínimo acceso a la educación y el trabajo formal.

Que en función de esto es necesario generar mecanismos que posibiliten una rápida contención a quienes pueden ser rescatadas de una situación de trata, a los fines de asegurar su reinserción social y el desarrollo de una vida digna.

Que asimismo estas acciones de asistencia deben ser acompañadas por sendas acciones de capacitación y concientización, ya que intervenir en el nivel preventivo es la forma de evitar la reproducción de este flagelo.

Por Ello:

EL BLOQUE GEN y Libres del Sur, elevan la siguiente:

ORDENANZA:

ARTÍCULO 1º) CREASE el Programa Municipal de Prevención y Asistencia a las Víctimas de Trata de Personas, dependiente de la SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES de la Municipalidad de Almirante Brown o del organismo que la suceda o reemplace en el futuro.

ARTÍCULO 2º) El Programa tendrá como objetivos:

Garantizar la asistencia integral a las víctimas de trata de personas, a efectos de contener la situación de emergencia social que las afecta, en el marco de lo establecido en la Ley Nacional Nº 26.364.

Generar acciones de capacitación y concientización sobre la trata de personas y la explotación sexual de mujeres y niñas.

ARTÍCULO 3º) Serán funciones del Programa:

Generar mecanismos tendientes a favorecer la detección de los casos de trata de personas, así como la identificación fehaciente de las personas y los grupos familiares afectados.

Brindar, por sí o a través de convenios con otros organismos, la asistencia médica y psicológica y el patrocinio jurídico adecuado a las víctimas.

Generar mecanismos eficaces de protección y refugio contra eventuales actos de represalias o intimidación hacia las víctimas y su entorno.

Brindar cooperación y asistencia para la obtención gratuita y con carácter de urgente de la documentación necesaria a efectos de regularizar la situación migratoria de las personas extranjeras afectadas.

Promover acciones tendientes a desarrollar emprendimientos productivos de modo de incorporar a las personas afectadas al empleo formal, y generar fuentes genuinas de recursos económicos que garanticen su subsistencia.

Garantizar la incorporación de los niños, niñas y adolescentes afectados al sistema formal de educación.

Implementar las medidas que garanticen los medios necesarios para que las víctimas puedan mantener una comunicación segura y constante con sus familiares y entorno afectivo.

ARTÍCULO 4º) En el marco del presente Programa se deberán realizar periódicamente campañas de concientización pública en relación a la problemática de trata con perspectiva de género y derechos humanos, tendientes a desalentar la demanda que propicia cualquier forma de explotación conducente a la trata de personas.

ARTÍCULO 5º) Con fines de dar cumplimiento a la presente Ordenanza, se llevarán a cabo programas de capacitación para los empleados y empleadas municipales que tengan relación con la problemática, con especial énfasis en los y las inspectores municipales de comercios, y quienes desarrollen tareas de tipo social en cualquier dependencia municipal.

ARTÍCULO 6º) Los programas de capacitación previstos en el Artículo 5º de la presente Ordenanza tendrán como objetivos que los y las participantes adquieran conocimientos sobre:

Causas que originan el problema de la trata de personas: migración, trabajo forzoso, tráfico de órganos, explotación sexual, etc.

Medidas de prevención que se deben tomar.

Trato y formas de reinserción de las víctimas de trata de personas.

Legislación existente.

Formas de detección de posibles víctimas y victimarios.

Organismos nacionales y provinciales que intervienen en el tema.

ARTÍCULO 7º) A los fines de cumplir con lo establecido en la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá realizar convenios con organismos nacionales y provinciales, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil que estén relacionadas con la temática de trata de personas.

ARTÍCULO 8º) DE FORMA.-

viernes, 25 de junio de 2010

El GEN quiere interpelar al encargado de Inspección por la situación del Bingo Adrogué

Un proyecto de la concejal Florencia Retamoso busca que el Director General del área se presente en la Comisión de Infraestructura para informar sobre el funcionamiento de la sala de juegos. Es por la denuncia de falta de higiene y otras irregularidades. Desde Gobierno negaron los supuestos problemas.

El funcionamiento del Bingo Adrogué, la mayor sala de juegos que funciona en el distrito, enfrentó esta semana al oficialismo y la oposición de Almirante Brown, luego de que un proyecto de resolución presentado por el GEN buscara interpelar a un funcionario municipal por una serie de supuestas irregularidades en el lugar. La medida, presentada por la edil del sector Florencia Retamoso, busca conocer de parte del titular de inspecciones de la comuna información sobre el funcionamiento del bingo ante la denuncia de falta de higiene y otras violaciones.
El proyecto del GEN reclama que el director general de Inspección Municipal Maximiliano Moreno Arias Duval se presente a la próxima reunión de la comisión de Infraestructura, Planificación y Transporte del HCD “a los efectos de brindar amplia información relativa” al bingo. El proyecto, al que tuvo acceso Diario del Sur, busca saber “en qué horarios se encuentra abierto el Bingo Adrogué, si posee los elementos de seguridad vigentes para locales con asistencia masiva de público”, además de “cuáles fueron los motivos de su clausura y si se regularizó su situación”. También se pedirá al funcionario que entregue copia de planos y el permiso de construcción de la nueva sala que se levanta junto a la actual sala de juegos.
Retamoso también reclamó que la comuna se dirija por su intermedio al Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires “solicitando información si cumple con la normativa legal vigente de la provincia de Buenos Aires”, en especial para saber si cumplen “con los destinos de las utilidades producidas, si cumple con las cantidad de mini-ordenadores y máquinas electrónicas de juegos permitido por ley”.
El reclamo es el segundo de su tipo, ya que a fines de 2008 otro proyecto de resolución buscó información sobre el funcionamiento del bingo, que según fuentes del HCD no fue contestado por el ejecutivo.
Luego de conocerse este tema, desde la secretaría de Gobierno municipal, a cargo de Julio Casavelos, negaron que haya algún tipo de problemas con el funcionamiento del bingo. Es más, en la cartera calificaron el pedido de Retamoso como “un juego político”.
No es la primera vez que Retamoso quiere llevar a alguien de Gobierno a dar explicaciones al HCD. Luego de la muerte de un menor a la salida de un boliche de Glew, la concejal pidió que el propio Casavelos se presentara en el recinto. La mayoría oficialista evitó esa presencia, y archivó el pedido.

Contra la discriminación

Por otra parte, en la última sesión del HCD se aprobó otra iniciativa del GEN para evitar prácticas discriminatorias en boliches y otros locales similares. La resolución insta a las autoridades municipales a velar por el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nacional contra la Discriminación, que dispone que “los dueños de comercios ligados a las actividades recreativas como los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes y salas de juego, deberán exhibir en la entrada un cartel lo suficientemente grande para garantizar su legibilidad en el que reproduzca lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Nacional”.
Retamoso, quien presentó la resolución, se mostró satisfecha ante la aprobación. En diálogo con Diario del Surafirmó que “hay que terminar con la discriminación en los boliches y en la mayoría de los lugares de esparcimiento de Almirante Brown. Una cosa es que los locales se reserven el derecho de admisión en función del comportamiento de los clientes y otra, muy distinta, es que dueños, empleados o patovicas, decidan quién entra o no por portación de cara. La Constitución Nacional dice claramente que en la Argentina no hay fueros y que todos somos iguales ante la ley“.
Además, Retamoso aseguró que en Almirante Brown “los que no son iguales ante la ley son los dueños de muchos de estos comercios que la incumplen deliberadamente. Por eso, creo que el Concejo Deliberante ha actuado de manera correcta al aprobar esta iniciativa más allá de mi autoría”.

Aprobaron un proyecto para prohibir la discriminación en bares y clubes danzantes

En su última sesión el Concejo Deliberante de Almirante Brown aprobó un proyecto de resolución por el cual se insta a las autoridades municipales velar por el cumplimento de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nacional Contra la Discriminación.

El proyecto dispone, taxativamente, que los dueños de comercios ligados a las actividades recreativas como los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes y salas de juego deberán exhibir en la entrada un cartel lo suficientemente grande para garantizar que se reproduzca lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Nacional.

La autora de la iniciativa, Concejala Florencia Retamoso, se mostró satisfecha ante la aprobación y manifestó que “hay que terminar con la discriminación en los boliches y en la mayoría de los lugares de esparcimiento de Almirante Brown.

“Una cosa es que los locales se reserven el derecho de admisión en función del comportamiento de los clientes y otra, muy distinta, es que dueños, empleado o patovicas, decidan quién entra o no por portación de cara”, indicó.

En ese sentido, agregó: “La Constitución Nacional dice claramente que en la Argentina no hay fueros y que todos somos iguales ante la Ley. Y en Almirante Brown los que no son iguales ante la Ley son los dueños de muchos de estos comercios que la incumplen deliberadamente. Por eso, creo que el Concejo Deliberante ha actuado de manera correcta al aprobar esta iniciativa más allá de mi autoría”.

Para Retamoso “lo importante es que desde el Estado coadyuvemos a terminar con toda forma o fuente de discriminación. Para ello, el municipio debe actuar con mayor más firmeza garantizando el cumplimiento de una ley que existe. Y si existe, debe ser aplicada”.

martes, 22 de junio de 2010

Aprobaron un proyecto para que no se discrimine en los boliches

Los locales nocturnos del distrito deberán contar con un cartel en el que se especifique la “igualdad de todas las personas”, que dictamina la Constitución Nacional. Con el fin de que se cumpla Ley nacional 23.592 contra la discriminación, en Almirante Brown pusieron en marcha una medida que apunta a que todos los boliches y bares del distrito no discriminen por “color de piel o etnia”, dadas las denuncias recibidas en la Secretaría de Derechos Humanos distrital.

La normativa fue aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante local y la idea es que en caso de que algún local no la cumpla, “quede inhabilitado”, según comentó a La Unión Florencia Retamoso, quien presentó el proyecto. El organismo encargado de verificar que se ejecute la propuesta será la Dirección de Habilitación.

“La argumentación que te dan (los dueños de) los boliches es que ‘no te dejan entrar porque sólo entran las personas habitués’, dicen”, sostuvo la edila. Por eso, Retamoso enfatizó que la medida surgió a partir del “no cumplimiento” de la ley de parte de esos lugares que no dejan pasar a las personas por “portación de cara”.

El documento insta a las autoridades municipales a “velar por el cumplimento de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nacional Contra la Discriminación”, que dispone que los dueños de comercios ligados a las actividades recreativas como los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes y salas de juego “deberán exhibir en la entrada un cartel, lo suficientemente grande para garantizar su legibilidad, que reproduzca lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Nacional”.

“Es parte de un proceso más grande”, consideró Oscar Castellucci, de la Asociación Civil Martín Castellucci, el joven asesinado, en 2006, en el boliche “La Casona”, de Lanús. Desde su punto de vista, dado el “déficit” del Estado nacional a la hora de inspeccionar, la medida es una manera de ejercer el control de la autoridad, pero de eso cada municipio en particular debe ocuparse, ya que tienen que incentivar y colaborar para que “se cumplan la leyes”.

Asimismo, en este punto el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), no puede intervenir, porque la normativa no especifica nada sobre la implementación de carteles con el artículo que establece la igualdad de todas las personas. “Lo que pasa es que los dueños de los locales no lo ponen porque atenta contra la política de los boliches que funcionan con la discriminación”, sostuvo Castellucci.

Por su parte, desde la organización fueron los impulsores de la reglamentación que creó el Registro Público Provincial de Personal, de Control, de Admisión y Permanencia, que regula la actividad y el personal privado de control de locales bailables, que establece que no podrán ejercer esa función quienes tuvieran antecedentes en hechos de violencia y delitos de lesa humanidad, y fueran parte de las fuerzas de seguridad, entre otras normas que deben cumplir, además de estar capacitados para socorrer a las personas con primeros auxilios e intervención en incendios.

En tanto, respecto del proyecto de resolución, lo bueno que señaló Castellucci, es que a nivel nacional no existe ninguna ley que exija que las empresas o los locales de entretenimiento nocturnos deban colocar un cartel en que se especifique lo que dice el artículo 16 de la Constitución Nacional, que señala que todos los habitantes de la nación “son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”. Entonces, que el cartel especifique qué es lo que establece la ley marco de la nación, “los jóvenes conocen cuáles son sus derechos”, aclaró el presidente de la asociación.

Según el comunicado enviado por la edila, “lo importante es que desde el Estado coadyuvemos a terminar con toda forma o fuente de discriminación. Para ello, el municipio debe actuar con mayor firmeza garantizando el cumplimiento de una ley que existe. Y si existe, debe ser aplicada por más que algunos se hagan los distraídos”.

Castellucci también hizo referencia a la ley de nocturnidad: “aquí es donde falla, se necesitan muchos inspectores”, señaló. La propuesta entre distintas cuestiones dictamina las edades en las que los jóvenes pueden ingresar a determinados locales bailables y los horarios de expendio de bebidas alcohólicas.

Fuente: www.launion.com.ar

Los locales nocturnos deberán responder a la Ley contra la Discriminación

En su artículo 4, la normativa determina que debe exhibirse un cartel que aclare que en ese ámbito no debe producirse segregación étnica, de género o condición social. Se respalda en la Constitución Nacional. En el distrito, su aplicación está avalada por un proyecto de resolución aprobado por el Concejo Deliberante.

Como medida para prevenir prácticas discriminatorias, el Concejo Deliberante de Almirante Brown aprobó por unanimidad un proyecto de resolución para que los locales nocturnos, gastronómicos, bailables o de juego cumplan el artículo 4 de la Ley Nacional contra la Discriminación. La medida insta al Ejecutivo local a corroborar que esas casas comerciales expongan a la entrada el texto normativo que impugne la segregación de las personas que ingresen a esos sitios por diferencias de género, étnica o condición socioeconómica.
El objetivo es encontrar una vía de concientización para promover la equidad en la noche del distrito que, como en el resto del Conurbano, está atravesada por intereses económicos y prejuicios que se interponen al respeto de la calidad de sujeto de los y las jóvenes. La iniciativa de la concejala del GEN Florencia Retamoso, aprobada por unanimidad en la última sesión legislativa, vela por la aplicación del código que, a su vez, se sostiene en el artículo 16 de la Constitución Nacional que establece que “todos los habitantes son iguales ante la ley”.
“Se acercaron chicos de 18 a 20 a hacernos saber que no los dejaron ingresar a un boliche porque le dijeron que sólo se permitía el acceso de gente ‘habitué’”, aseguró la edila a LA TERCERA. Otras denuncias como esas fueron transmitidas a la Subsecretaría de Derechos Humanos comunal, según informó. Comportamientos de esa índole comienzan a distar de la potestad para disponer de la admisión de personas a un espacio privado con el fin de evitar excesos y se acerca a una actitud peyorativa.
La disposición regirá para discotecas, salas de espectáculos, bares, restaurantes, salas de juego y de recreación en general. Se espera que el área de Inspección General verifique la presencia del cartel en un lugar visible, además de los requisitos de habilitación estén al día.

Nota completa en la edición impresa


Fuente: www.diariolatercera.com.ar

Retamoso pide explicaciones sobre el funcionamiento una sala de juego

La concejal del GEN justificó su pedido de informes sobre el funcionamiento de la casa de juego local al señalar que “no se cumple con la normativa vigente tanto en materia de seguridad como de higiene”. En este sentido, presentó en la última sesión del Concejo Deliberante un proyecto para que el Director General de Inspección brinde información personalmente en la Comisión de Infraestructura, Planificación y Transporte.




La del Gen de Almirante Brown, Florencia Retamoso, justificó su decisión de pedir informes sobre el funcionamiento de una sala de bingo en el distrito y ratificó su solicitud para que el Director General de Inspección Municipal, Maximiliano Moreno Arias Duval, exponga ante la Comisión de Infraestructura, Planificación y Transporte, a fin de brindar información sobre la casa de juegos.

“En el año 2008 presenté un pedido de informes que hasta el momento no fue respondido. Por eso, tomé la decisión de citar al máximo funcionario encargado de inspección para que venga a explicarle a los concejales lo que sucede en el bingo y en qué estado está”, explicó Retamoso.

La concejal argumentó que en la casa de juego se produjeron irregularidades desde el momento de su construcción, y así fundamentó la presentación de un nuevo pedido de informes que ingresó la semana pasada al Concejo Deliberante y que será analizado en la Comisión de Asuntos Legales.

Además, Retamoso señaló que requerirá detalles sobre la relación con el Club Almirante Brown, que es la ONG que aparece como beneficiaria.

“Aquí hay algo extraño porque en el Bingo se toleran hechos y condiciones que ameritarían su inmediato cierre por incumplimiento con las normas vigentes”, marcó.

En este sentido, la edil cuestionó al Departamento Ejecutivo por no tomar medidas para evitar “irregularidades que cualquier vecino puede constatar”.

La concejal se manifestó preocupada por el cumplimiento de las restricciones de ingreso de menores, el cumplimiento de los horarios establecidos y la vigencia de "medidas de seguridad para el caso de siniestros”.

“Tanta tolerancia merece una explicación por parte de las autoridades”, reclamó.

Asimismo, la concejal también protestó porque “no cumple con lo que establece la Ley provincial dado permite el funcionamiento de cajeros automáticos en su interior".

Retamoso explicó que la casa de juegos fue clausurada dos veces ya, por la Secretaria de Infraestructura y Planificación del Municipio, pero que sin embargo, sigue funcionando.

“El Bingo fue clausurado y al poquito tiempo, casi mágicamente, se levantó la clausura sin que se hayan cumplimentado, como corresponde, las exigencias de la ley”, terminó.


jueves, 17 de junio de 2010

APRUEBAN PROYECTO CONTRA LA DISCRIMINACIÓN EN BOLICHES, BARES Y RESTAURANTES

Adrogue, 17 de junio de 2010.- El Concejo Deliberante de Almirante Brown aprobó en la sesión del día de la fecha un proyecto de resolución por el cual el se insta a las autoridades municipales velar por el cumplimento de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Nacional Contra la Discriminación que dispone, taxativamente, que los dueños de comercios ligados a las actividades recreativas como los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes y salas de juego deberán exhibir en la entrada un cartel lo suficientemente grande para garantizar su legibilidad en el que reproduzca lo dispuesto por el artículo 16 de la Constitución Nacional.

La autora de la iniciativa, Concejala Florencia Retamoso, se mostró satisfecha ante la aprobación y manifestó a terminar la sesión que “hay que terminar con la discriminación en los boliches y en la mayoría de los lugares de esparcimiento de Almirante Brown. Una cosa es que los locales se reserven el derecho de admisión en función del comportamiento de los clientes y otra, muy distinta, es que dueños, empleado o patovicas, decidan quien entra o no por portación de cara. La Constitución Nacional dice claramente que en la Argentina no hay fueros y que todos somos iguales ante la Ley. Y en Almirante Brown los que no son iguales ante la Ley son los dueños de muchos de estos comercios que la incumplen deliberadamente. Por eso, creo que el Concejo Deliberante ha actuado de manera correcta al aprobar esta iniciativa más allá de mi autoría”.

Para Retamoso “lo importante es que desde el Estado coadyuvemos a terminar con toda forma o fuente de discriminación. Para ello, el municipio debe actuar con mayor más firmeza garantizando el cumplimiento de una ley que existe. Y si existe, debe ser aplicada por más que algunos se hagan los distraidos” .

APRUEBAN LA CELEBRACIÓN DE LA SEMANA DEL COOPERATIVISMO EN ALMIRANTE BROWN

Adrogue, 17 de junio de 2010.- El Concejo Deliberante de Almirante Brown aprobó, en su última sesión ordinaria, un Proyecto de Ordenanza por el que se instituye la celebración con carácter “permanente” de la Semana del Cooperativismo. El proyecto presentado oportunamente por la concejala del GEN, Florencia Retamoso, dispone que “la Secretaría de Producción y Desarrollo, organizará diversas actividades, en las distintas localidades del municipio durante dicha semana. Y convocará a todas las organizaciones sociales e instituciones que estén dispuestas a participar, a saber: Cooperativas, Escuelas, Asociaciones, y también a pequeños emprendedores, artesanos y a la comunidad en general”.

La celebración tendrá lugar todas las semanas del mes de julio que contengan al primer sábado, fecha en la que se conmemora “El Día Internacional de las Cooperativas” y el “Día Internacional del Cooperativismo”.

La concejala se mostró muy satisfecha ante la aprobación de su iniciativa y manifestó “que se trata de una excelente oportunidad para reconocer desde el Estado el generoso accionar de las cooperativas de trabajo y difundir su ideario solidario”.

“La realización de este evento –apuntó Retamoso– no sólo será muy útil para difundir la doctrina y los principios del Cooperativismo; sino también para difundir los trabajos que realicen los distintos participantes durante las jornadas; para facilitar el intercambio entre las cooperativas, y para concientizar a nuestra comunidad sobre los principios y valores tan nobles como los que animan a estos emprendedores”.

CITAN AL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN MUNICIPAL PARA QUE BRINDE INFORMES SOBRE PRESUNTAS IRREGULARIDADES EN EL BINGO ADROGUE

Adrogue, 17 de junio de 2010.-La concejala Florencia Retamoso (GEN) quiere saber si el Bingo Adrogué cumple con la normativa vigente tanto en materia de seguridad como de higiene y también con respecto al destino que se le da a los fondos recaudados. En tal sentido, presentó en la última sesión del Concejo Deliberante un proyecto por el que se solicita la comparecencia del Director General de Inspección Municipal, Dr. Maximiliano Moreno Arias Duval, al seno de la Comisión de Infraestructura, Planificación y Transporte para que informe al respecto.

Desde antes de asumir como concejala la cuestión del Bingo me preocupa al igual que a miles de vecinos y así fue como en el año 2008 presenté un pedido de informes que hasta el momento no fue respondido. Por eso, tomé la decisión de citar al máximo funcionario encargado de inspección para que venga a explicarle a los concejales lo que su sucede en el bingo y en qué estado está”, explicó Retamoso.

Para la concejala “resultan sugestivas las conexiones políticas entre quienes serían los propietarios de la casa de juego, las autoridades municipales y el Club Almirante Brown que es la ONG que aparece como beneficiaria. Aquí hay algo extraño porque en el Bingo se toleran hechos y condiciones que ameritarían su inmediato cierre por incumplimiento con las normas vigentes. Me consta el ingreso de menores al bingo, su apertura indiscriminada que no respeta horarios y también la ausencia de medidas de seguridad suficientemente claras para el caso de siniestros. Tanta tolerancia municipal frente a irregularidades que cualquier vecino puede constatar, merece una explicación por parte de las autoridades”.

Como todos saben –señaló la Concejala– el Bingo fue clausurado y al poquito tiempo, casi mágicamente, se levantó la clausura sin que se hayan cumplimentado, como corresponde, las exigencias de la ley. Además, en vez de demoler una parte de edificio que está en infracción, se está construyendo un nuevo Bingo a pocos metros. Creo que hay que ponerle límite a estos antros porque el municipio no debería avalar –y mucho menos estimular– la proliferación del juego. La ludopatía es una enfermedad grave que lleva a familias enteras a la destrucción y esto viene creciendo desmesuradamente en Almirante Brown”.

EXIGEN LA INMEDIATA DESRATIZACIÓN DEL ARROYO SAN FRANCISCO

Adrogue, 17 de junio de 2010.- Haciéndose eco de las innumerables quejas de los vecinos de Almirante Brown que viven en las adyacencias del arroyo San Francisco, y ante la alarmante proliferación de ratas en la zona, la Concejala Florencia Retamoso (GEN) presentó un proyecto en la última sesión del Concejo Deliberante solicitándole al Ejecutivo Municipal su urgente intervención.

Para Retamoso “no hay excusa valedera que sirva para disculpar la inacción del municipio en materia sanitaria y de desratización. Por eso, solicito que se lleven adelante, de forma inmediata, intervenciones de desratización para evitar y prevenir la propagación de enfermedades como el hanta virus y la leptospirosis”.

Retamoso se mostró muy preocupada por el estado de abandono y contaminación del arroyo San Francisco e hizo propio el reclamo de los vecinos. “La municipalidad –aseguró la concejala– tiene el deber de velar por la sanidad comunitaria y el de mejorar la condición medioambiental del distrito; si no lo hace incumple la ley y la obligación contraída con la gente que votó a un intendente confiando en que resolvería sus problemas. La proliferación de ratas en Almirante Brown es un indicador claro de la desidia municipal en materia de salubridad e higiene y revela la poca importancia que se le da a la cuestión del saneamiento ambiental”.

La acumulación de basura a la vera del arroyo San Francisco no sólo es síntoma de la falta de concientización por parte de la ciudadanía con respecto a los hábitos de higiene sino también una clara muestra de la falta de acción municipal que debe ser revertida de inmediato”, disparó Retamoso.

La Concejal del GEN informó que, en lo que va del año, fuentes del Departamento de Epidemiología de la Región Sanitaria VI del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, admitieron que se detectó un caso de hantavirus en un joven de 16 años en la localidad de Banfield. Esta enfermedad y la leptospirosis se contraen a partir de la inhalación o el contacto con la orina de estos roedores que se reproducen exponencialmente en contextos favorables como los que ofrecen distintas zonas de Almirante Brown. “Por eso –finalizó la concejala– es preciso que el Departamento Ejecutivo Municipal se haga cargo, brinde la respuesta adecuada e implemente campañas de concientización al respecto. Le recuerdo al señor Intendente que prevenir siempre es mejor que curar”.

Sesión 17/06/2010



Almirante Brown, 15 de junio de 2010


Visto:

La necesidad de dar una solución a las quejas reiteradas por los vecinos de la localidad de Burzaco.


Considerando:

Que estas quejas se refieren a poder contar con un refugio que permita los días de lluvia poder esperar los transportes de pasajeros en un lugar cubierto;

Que atento a ello se hace necesario instrumentar las medidas pertinentes y concretar una inmediata solución a los reclamos de dichos vecinos;

Que a su vez se encuentra el Centro de atención primaria de Burzaco;

Que en dichas arterias el paso ya sea de personas que concurren a sus respectivos trabajos y niños que lo hacen a las escuelas de la zona;

Por ello:

El Bloque GEN eleva a consideración de este Honorable cuerpo el siguiente:


Proyecto de Resolución:


Articulo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda haciéndole saber que este Honorable cuerpo vería con agrado se proceda a la construcción de un refugio en Avda Espora esquina Alem de la Localidad de Burzaco.


Articulo 2°) De Forma.



----------------


Almirante Brown, 09 de junio de 2010


Visto:

EL secuestro de más de una tonelada de marihuana, camuflada en bolsas de batata, luego que fueron interceptados en la localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown por la policia bonaerense;

Considerando:

Que el operativo se realizó en Hipólito Yrigoyen al 16000, luego que interceptaran un camión Ford 4000 en la localidad de Burzaco;

Que la División Capturas de la Superintendencia de Investigaciones de la Policía Bonaerense, a cargo de Hugo Matzkin, suponía que no muy lejos de este lugar podría haber un segundo cargamento de marihuana.

Que el segundo operativo fue en una empresa constructora en Camino las Latas al 3200, donde se encontró el resto de la droga;



Por Ello:

El bloque GEN eleva el siguiente:


Proyecto de Resolución:


Artículo 1) Dirigirse al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndose saber que este Honorable Cuerpo solicita información de que políticas públicas se ejecutan desde las distintas Secretarías con competencias parciales sobre la totalidad de la problemática de las drogas; saber si el Municipio cuenta con un registro de fabricas que manipulen Precursores Químicos , que son aquellas sustancias químicas legales “que nuestro país produce” y que son necesarias para producir estupefacientes;


Artículo 2) Dirigirse al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que este Honorable Cuerpo veria con agrado conocer la información brindada por las dependencias de este Ministerio al Municipio de Almirante Brown sobre el hecho ocurrido el día sábado 5 de junio en la localidad de Burzaco.


Artículo 3) De Forma.


-------------


Almirante Brown, 14 de junio de 2010


Visto:

El Bingo Adrogué sito en la calle Av. H. Yrigoyen 13436 Adrogué Partido de Almirante Brown y;

Considerando:

Que el 09 de octubre de 2008 se había solicitado un informe referente al bingo adrogué con minuta de comunicación 18/08 que hasta el momento no hubo respuestas,

Que en dicha solicitud se habían solicitado informe de ¿En que horarios se encuentra abierto El Bingo Adrogué? ¿si posee los elementos de seguridad vigentes para locales con asistencia masiva de público? ¿cuáles fueron los motivos de su clausura? y si se regularizo su situación.

Que También trascendió que el lugar no contaba con la higiene adecuada, certificados de antisiniestral vencidos y, además, poseía sectores de construcción no declarados;

Que la clausura preventiva fue levantada muy rápidamente;

Que en marzo de 2010 sufrió nuevamente una clausura y que la condición para que se le levante su clausura es la demolición de parte de las instalaciones.

Que a menos de 100 metros del actual Bingo se esta construyendo otra sala de Bingo del mismo grupo empresario.


Por Ello:

EL BLOQUE GEN, eleva el siguiente:


PROYECTO DE RESOLUCIÓN


ARTICULO 1º: Convocase desde la Secretaría de Gobierno al Director General de Inspección municipal: Dr. Maximiliano Moreno Arias Duval a la próxima reunión de la Comisión de INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACION Y TRANSPORTE, a los efectos de brindar amplia información relativa a: ¿En que horarios se encuentra abierto El Bingo Adrogué? ¿Si posee los elementos de seguridad vigentes para locales con asistencia masiva de público? ¿Cuáles fueron los motivos de su clausura? y si se regularizo su situación, copia de planos, permiso de construcción de la nueva sala



Articulo 2°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio al Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires solicitando información si cumple con la normativa legal vigente de la Provincia de Buenos aires a saber: si cumplen con los Destino de las utilidades producidas, si cumple con las cantidad de mini-ordenadores y máquinas electrónicas de juegos permitido por ley.


Articulo 3°) DE FORMA.



---------------------------

Almirante Brown, 15 de junio de 2010

VISTO:


Que la salud es un derecho humano y que es rol fundamental del Estado Municipal,



CONSIDERANDO:

Las innumerables quejas de los vecinos de Almirante Brown, que viven en las adyacencias del arroyo San Francisco, por la proliferación de roedores;

Que debido a la velocidad con la que estos animales se reproducen, son considerados por todos los expertos de salud como plagas;


Que los roedores, se han adaptado rápidamente a la vida en las ciudades siendo espacios privilegiados para su desarrollo aquello lugares donde hay suciedad o lugares en que las basuras permanecen más de un día;

Que las enfermedades que transmiten se convierten en un azote para la población en general;


Que en la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Salud durante el año 2009 detectó y confirmó decenas de casos de hantavirus y leptopirosis en distintas localidades bonaerenses,


Que en el transcurso del presente año, el mismo organismo confirmó varios casos de las mismas enfermedades, siendo la fuente el departamento de Epidemiología de la Región Sanitaria VI, la cual informó que se detectó un caso de hantavirus en un joven de 16 años en la localidad de Banfield


Que los factores determinantes que influyen en la transmisión de estas enfermedades son:

  • Cambio climático.

  • Crecimiento demográfico.

  • Urbanización no controlada ni planificada.

  • Inadecuado ordenamiento ambiental (desechos líquidos y sólidos, plásticos y neumáticos).

  • Migración y turismo.

  • Pobreza.

  • Suciedad.

  • Desinformación de la población.

  • El masivo aumento de los roedores en espacios cercanos a barrios residenciales.


Que la Leptopirosis es una enfermedad producida por una bacteria. La misma se encuentra en la orina de diversos mamíferos siendo el más frecuente la rata infectada;


Que la manera principal en que el hantavirus se trasmite a los seres humanos es al respirar el aire contaminado con orina, excreta ó saliva del roedor. La mordedura de un roedor, es otro de los canales de transmisión del virus;


Que si bien es cierto que para contraer la enfermedad los ratones deben ser portadores del virus Hantavirus y/o de la bacteria leptospira, es imposible que la población detecte esto antes de ser infectada y manifestar los síntomas primarios y/o secundarios que dan entidad clínica a dichas enfermedades;


Que en la actualidad hay tratamientos para ambas enfermedades, pero las mismas pueden llevar a dejar secuelas irremediables en las personas que la han contraído;


Que dicho control resulta necesario al haber variado las condiciones ecológicas y las circunstancias socioeconómicas y culturales asociadas a la relación hombre-ambiente;


Que la necesidad de priorizar los aspectos preventivos en el sector salud que es uno de los objetivos fijados, a fin de ofrecer a la comunidad una adecuada protección en el cumplimiento de las tareas delegadas, que hacen necesario establecer una estrategia en dicha labor;


Que en consecuencia correspondería dictar normas que permitan a la autoridad municipal ejercer políticas de salud preventivas eficientes en el ámbito del distrito.


Por Ello:

El bloque GEN eleva el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCION:

Articulo N°1) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda haciéndole saber que este Honorable cuerpo vería con agrado se lleven adelante inmediatamente políticas de desratización destinadas al control de roedores para evitar y prevenir la propagación de estas enfermedades, en la población en situación de vulnerabilidad en el Ámbito del Municipio de Almirante Brown, principalmente en las adyacencias del Arroyo San Francisco

Articulo N°2) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda haciéndole saber que este Honorable cuerpo vería con agrado expresar la necesidad y conveniencia de realización de campañas de prevención y control de roedores, lo cual nos vas a permitir prevenir en el marco de políticas pro-activas de salud tener a la población infectada con las enfermedades antes mencionadas (entre otras), informando a la población las medidas preventivas y los síntomas a los cuales estar atentos, mediante la afectación de los recursos económicos originados y presupuestados en partidas afectadas para la Secretaria de Salud.

Articulo N°3) De FORMA.


---------------------------

Almirante Brown, 14 de junio de 2010



Visto:

La necesidad de dar una solución a las quejas reiteradas por los vecinos de la localidad de Burzaco.


Considerando:

Que estas quejas se refieren a poder contar con un refugio que permita los días de lluvia poder esperar los transportes de pasajeros en un lugar cubierto;

Que atento a ello se hace necesario instrumentar las medidas pertinentes y concretar una inmediata solución a los reclamos de dichos vecinos;

Que a su vez se encuentra el Centro de atención primaria de Burzaco;

Que en dichas arterias el paso ya sea de personas que concurren a sus respectivos trabajos y niños que lo hacen a las escuelas de la zona;

Por ello:

El Bloque GEN eleva a consideración de este Honorable cuerpo el siguiente:


Proyecto de Resolución:


Articulo 1°) Dirigirse al DEPARTAMENTO EJECUTIVO y por su intermedio a la dependencia que corresponda haciéndole saber que este Honorable cuerpo vería con agrado se proceda a la construcción de un refugio en Alsina esquina El Chiripa de la Localidad de Burzaco.


Articulo 2°) De Forma.


--------------

Almirante Brown, 14 de junio de 2010


Visto:

La Ordenanza N° 9067 de creación en el Ámbito de Almirante Brown del “Observatorio de Políticas de Seguridad Ciudadana”;

Considerando:

Que, esta ordenanza intenta colocar a la seguridad como prioridad en la agenda municipal;

Que, los delitos de robo, contra la propiedad en Almirante Brown han aumentado drásticamente en su nivel de violencia, incluyendo crímenes contra las personas que a veces parecen excesivos para el objetivo de los delicuentes.

Que, la respuesta a este problema sin lugar a dudas es la droga, tanto el consumo como el tráfico ilegal han aumentado, y constituyen un nuevo problema para el país, nuestra provincia y en especial la región metropolitana.

Que, no se puede dejar de involucrar a los distintos estamentos del Estado en la lucha contra un flagelo que cambia las formas de las relaciones interpersonales, nuestras costumbres, nuestra calidad de vida, y peor aun nuestros bienes y nuestras vidas.

Que, el Intendente no ha vetado ningun articulado de la misma.



Por Ello:

El bloque GEN eleva el siguiente:


Proyecto de Resolución:


Artículo 1) Dirigirse al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndose saber que este Honorable Cuerpo solicita información de que políticas de prevención del delito en el ámbito local se estan ejecutando; si se han fomentados los métodos de comunicación mencionados en el Articulo 4°, que son instalación de equipos de radio y celulares en unidades vecinales, entidades sociales, salas municipales, Instalación de alarmas en lugares públicos. Si se realizó, especificar en donde se han efectuado los trabajos;


Artículo 2) Dirigirse al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndose saber que este Honorable Cuerpo solicita información de si se instaló un sistema de cámaras de vigilancia en espacios públicos, si se realizó, detallar dónde se instalaron; precisar de acuerdo al articulo 8° de dicha ordenanza cuál es el índice de Seguridad Ciudadana y la metodología desarrollada.


Artículo 3) Dirigirse al Departamento Ejecutivo y por su intermedio a la dependencia que corresponda, haciéndose saber que este Honorable Cuerpo solicita información acerca de si se van a crear las fiscalias municipales antidelictuales precisadas en el articulo 7° de la ordenanza antes mencionada.


Artículo 4) DE FORMA.


---------------------

Almirante Brown, 15 de junio de 2010

VISTO:

El proyecto de ley E-205/10-11 de La Honorable Cámara de Senado de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO:

Que dicho proyecto tiene como propuesta la incorporación de la vacuna del HPV sea gratis y obligatoria;

Que el Virus del Papiloma Humano (VPH) es muy frecuente en todo el mundo. Se calcula que un 1% de la población sexualmente activa tiene verrugas genitales; 4% de las mujeres podría tener lesiones por VPH si se evalúan mediante la colposcopía; cerca de un 10% serían VPH positivos aunque tuvieran una colposcopía negativa. Se estima que siete de cada diez mujeres se infectarán con el virus del papiloma humano a lo largo de su vida. La vía de contagio más usual es la sexual.

Que Produce infecciones de piel y también afecta las mucosas del tracto anogenital, el oral (boca, garganta) y respiratorio.

Que también estos virus, están relacionados con varios tipos de cáncer, entre los cuales se incluyen: con mucha frecuencia cáncer del cuello del útero, y en menor medida cáncer de amígdala, faringe, esófago, mama, próstata, ovario, uretra y de piel.

Que la infección por HPV constituye la principal causa del cáncer de cuello uterino. Esta enfermedad causa la muerte a 288.000 mujeres al año en todo el mundo y en nuestro país, 11 mujeres cada día fallecen víctimas de esta afección oncológica.

Que La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que cada año se diagnostican en el mundo 510.000 casos nuevos de cáncer de cuello de útero. La mortalidad es muy elevada, más de la mitad de estas mujeres mueren por este motivo. Ello supone la segunda causa de muerte por cáncer en mujeres.

Por Ello:

El bloque GEN eleva el siguiente:

Proyecto de resolución:

Artículo 1º.- Solicitase a la Legislatura Bonaerense de la Provincia de Buenos Aires el tratamiento urgente del proyecto de ley E-205/10-11 de La Honorable Cámara de Senado de Buenos Aires el cual establece: “Artículo 1º: Sustitúyase el artículo 2º de la ley 10.393 y sus modificatorias, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2º: Las vacunas cuya aplicación se declara obligatoria dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires son las siguientes: Anti-poliomielítica, Anti-Sarampionosa, Anti-Diftérica; Anti-Rubeólica; Anti-Tetánica; Anti-Coqueluchosa (PPT), Anti-Tuberculosa (BCG), Anti –Hepatitis A y B y Anti-papiloma (HPV subtipos 6, 11, 16 y 18).”

Artículo 2°.- Envíese copia de la presente al PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, AL PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL Y A TODOS SUS BLOQUES POLÍTICOS de Ambas Cámaras de la Legislatura Bonaerense de la Provincia de Buenos Aires

Artículo 3°.- De Forma.

--------------------------

Almirante Brown, 15 de junio de 2010

VISTO:

El interés de difundir en la ciudadanía los principios y valores del cooperativismo, habida cuenta que las cooperativas han pasado a ser un factor indispensable en el desarrollo económico y social de todas las naciones.

La considerable contribución de las cooperativas en la reducción de la pobreza, en la producción y consolidación de redes comunitarias y lazos vinculares; es que se debe motivar esta tarea a fin de potenciar este movimiento entre el mayor número de personas.

CONSIDERANDO:

Que la importancia de las organizaciones internacionales, organismos especializados y cooperativas nacionales, llevaron a la Asamblea General de la ONU (Organización de las Naciones Unidas), el día 16 de diciembre de 1992 y a través de la resoluci6n 47/90, a proclamar la necesidad de realizar un "Día Internacional de las Cooperativas" a partir de julio de 1995; esta fecha conmemora el centenario de la creación de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) -grupo que reúne organizaciones cooperativas de 100 países, que cuentan con un total de 700.000.000 de miembros-;

Que la ACI fue fundada en Londres en 1895. El 23 de diciembre de 1994, la Asamblea General de la ONU, invito a los gobiernos, sociedades y organismos relacionados con el movimiento cooperativo, a observar anualmente el "Día Internacional de las Cooperativas", que debía ser celebrado cada año, el primer sábado de julio. Que la Ley N° 24.333, de1 2 de junio de 1994, dispone en nuestro país, el festejo del "Día Nacional del Cooperativismo" el primer sábado de Julio de cada año, en concordancia con el Día Internacional de las Cooperativas;

Que anteriormente en el Congreso Argentino de la Cooperación, celebrado en 1919 y en conmemoración del Aniversario de la Primera Cooperativa de Consumo de Rochdale, el 21 de Diciembre de cada año se propone festejar el Día Nacional de la Cooperación. La ACI- Alianza Cooperativa Internacional- acogió con beneplácito este mérito argentino y en 1920 resolvió recomendar a todas las organizaciones afiliadas "a consagrar" el primer sábado de julio de cada año, como Día Universal de la Cooperación. Hoy se denomina “Día Internacional de la Cooperación”;

Que en Argentina todas las Constituciones Provinciales, tienen una valoración expresa y explicita del cooperativismo y otro tanto han manifestado la Organización Internacional del Trabajo, las Naciones Unidas, así como las Cartas Magnas de la mayoría de los países iberoamericanos;

Que esta "alcurnia constitucional" provincial del cooperativismo en Argentina, se refleja en: Buenos Aires, Art. 41; Córdoba, Art. 7, 35, 36 y 75; Catamarca, Art. 58, Inc. 3; Corrientes, Art. 163 -las Municipalidades patrocinaran la creación de cooperativas para fines de interés general, o las integrarán-; Chubut, Art. 87; Formosa, Art. 40 y 41; Jujuy, Art. 72; La Rioja, Art. 58 ; Neuquén, Art. 216 -con especial referencia a la exención impositiva, de la que gozaran las entidades cooperativas-; Río Negro, Art. 100; Santa Cruz, Art. 50; Santa Fe, Art. 26; San Luis, Art. 85; Santiago del Estero, Art. 98 y Tierra del Fuego, Art. 30.

Que las cooperativas, son las resultantes de una cantidad de determinaciones sociales y políticas, desde esta perspectiva no son la suma de individuos ni tampoco deben reducirse a una investidura común. Sino más bien deben sostenerse desde la tramitación socio-histórica colectiva produciendo pensamiento que organice no sólo el agrupamiento sino también la dimensión vincular;

Que la Cooperativa es un medio de ayuda mutua para beneficio de todos. Es una asociación voluntaria de personas y no de capitales, con plena Personería Jurídica, de duración indefinida y de responsabilidad limitada, donde las personas se unen para trabajar con el fin de buscar beneficios para todos;

Que el principal objetivo es el servicio y no el lucro o la ganancia fácil. Las cooperativas se rigen por estatutos y por la Ley N° 20.337 de Cooperativas;

Que la consigna de la cooperativa es el espíritu de igualdad y hermandad entre sus miembros, donde todos tienen los mismos deberes y derechos. Sólo pueden llamarse cooperativistas aquellos que permanentemente piensan, razonan y actúan, acordes con la filosofía y acuerdos cooperativos;

Que las últimas décadas de la historia argentina instalaron una dicotomía basada en el individualismo por sobre las producciones sociales, cooperativas y grupales, que comenzaron a recuperarse desde el retorno de la democracia;

Que el surgimiento de la cooperativa, data del año 1844, cuando un grupo de obreros ingleses, creó una organización cooperativa de carácter legal, con los aportes de sus integrantes; instituyendo una forma de relación social revolucionaria y radicalmente novedosa para ese momento del devenir histórico. El 24 de octubre de 1844, crearon el primer Almacén Cooperativo en la ciudad de Rochdale, Inglaterra, considerado hoy como el origen de este tipo de entidades. Estaba formado por 27 tejedores y una tejedora, todos desocupados de la fábrica de tejido local, que habían participado de una huelga, y aportaron como capital a la nueva sociedad la cantidad de 28 peniques cada uno. Resistiendo a la exclusión a través de la consolidación de una red social, de lazos afectivos, canalizada en una acción concreta. Hoy se los reconoce como "los Pioneros de Rochdale";

Que las cooperativas habilitan inventando e instalando un entramado de nuevas formas de sociabilidad solidaria, al poder accionar sus emprendimientos solidarios entre-muchos, y los que no pertenecen a la “organización” no son vistos como amenaza sino que son y se los reconoce como soporte de lo propio;

Que los pioneros se auto-impusieron reglas que debían respetar rigurosamente y que fueron una de las causas de su éxito. Confeccionaron una carta que establecía los pasos que guiarían a la organización. Así nació el cooperativismo organizado. Sus principios estaban fundamentados en genuinos ideales de solidaridad, estos aporte van en la línea que sustenta que las subjetividades son productos históricos y fueron asentados en la "Carta de la Cooperación", presentada ante la Cámara de los Comunes;

Que el espíritu cooperativo, permite “tomar conciencia” de algunas determinaciones y favorece el hacer, para crear libertad, para romper con aquellos significantes que nos atan, aspirando a contribuir al logro de espacios de mayor libertad y justicia para los hombres. Esto es lo que expresaban los principios transcriptos en la Carta de la Cooperación: "La cooperación completa la economía política al organizar la distribución de la riqueza. No afecta la fortuna de nadie. No trastorna la Sociedad. No molesta a los hombres del Estado. No constituye una asociación secreta. No quiere ninguna violencia. No causa ningún desorden. No ambiciona honores. No reclama favores. No pide privilegios especiales. No trata con holgazanes. Siente horror por los monopolios y los combate sin cesar. Desea la concurrencia seria y honesta en la cual se ve el alma de todo progreso de verdad; significa la responsabilidad personal, la iniciativa personal y la participación es ese prestigio que el trabajo y el pensamiento saben conquistar". Estas reglas fueron revisadas por la Alianza Cooperativa Internacional en 1937. En 1966 se agrego una redacción adecuada a los nuevos tiempos y finalmente en 1995, el Congreso de la ACI, realizado en Manchester, Inglaterra, aprobó los siete principios que rigen actualmente la acción cooperativa:

-Adhesión voluntaria y abierta.

-Gestión democrática por parte de los asociados.

-Participación económica de los asociados.

-Autonomía e independencia.

-Educación, formación e información.

-Cooperación entre cooperativas.

-Interés por la Comunidad.

Que a partir de estos principios las cooperativas, en su “espíritu” no arman jerarquías que al instituirse garantizan su eficacia en la repetición ritual sino que, prefieren formas organizativas flexibles y cambiantes en cada situación de habitar lo que abre campos existenciales que habilitan otros modos de subjetivación;

Que la presencia cada vez mas importante del movimiento cooperativo en el escenario económico, torna imprescindible la difusión de su doctrina y principios entre la ciudadanía, a fin de acrecentar progresivamente la acción solidaria que el mismo desarrolla;

Que a través de las cooperativas, podemos pensar lo social como más que la mera sumas de las partes. Marx planteaba que el despliegue de la sociedad humana se produce en la tarea de la transformación de la naturaleza a través del trabajo, que siempre supone relaciones de cooperación entre los hombres, que permiten no sólo la transformación de la naturaleza sino de la sociedad y permite la producción de nuevos vínculos;

Que sólo en relación con otros el Hombre adviene como tal, y el concepto de cooperación permite pensar en un proceso histórico, en el cual hombre y sociedad son ambos productos de las praxis que siempre son socio-históricas;

Que las cooperativas, en algunos casos, nos permiten realizar elucidaciones críticas de las significaciones sociales instituidas en torno a los medios de producción de introduce la modernidad. Favoreciendo pensar los fenómenos colectivos, desde una lógica que evita la antinomia individuo-sociedad, e inaugurando una nueva forma de pensar en la cual no hay sociedad sin sujetos y no hay sujetos sin instituciones sociales;

Que caracterizado el movimiento, tanto por la ausencia de intermediarios como por la de lucro individual, y por ende más solidario, inclusivo y humano, y permitiendo sortear las situaciones de vulnerabilidad en algunos caso el desempeño cooperativo no ha sido episódico, efímero o polémico, sino más bien atractivo por sus valores y por sus efectos favorables concretos, visibles y palpables en las economías hogareñas y productivas nacionales, siendo una herramienta de resistencia.

Por ello:

    El bloque GEN eleva el siguiente proyecto de


O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Institúyase con carácter permanente la "Semana Municipal del Cooperativismo" en el municipio de Almirante Brown.

Artículo. 2°.- Dicha Semana será la que contenga el primer sábado de Julio, fecha en que se conmemora el "Día Internacional de las Cooperativas" y el "Día Nacional del Cooperativismo".

Artículo. 3°.- El Departamento Ejecutivo, a través de la secretaría de Producción y Desarrollo, organizará diversas actividades, en las distintas localidades del municipio durante dicha semana. Y convocará a todas las organizaciones sociales e instituciones que estén dispuestas a participar, a saber: Cooperativas, Escuelas, Asociaciones, y también a pequeños emprendedores, artesanos y a la comunidad en general. Esta heterogeneidad de participantes favorecerá la constitución de procedimientos que habiliten la elaboración subjetiva de radicales transformaciones socio-históricas.

Art. 4°.- Las actividades propuestas tendrán los siguientes objetivos:

a) Difundir la doctrina y principios del Cooperativismo.

b) Difundir los trabajos realizados por los distintos participantes de las jornadas, a fin de darse a conocer a la comunidad en general, como forma de favorecer el desarrollo de estos.

c) Facilitar el intercambio entre las cooperativas, las demás organizaciones sociales y el conjunto de la población.

d) Concientizar a la comunidad del partido de Almirante Brown de los principios y valores cooperativos.

e) Favorecer el intercambio entre los actores cooperativos que desarrollan tareas sociales, comunitarias y afines a los principios del cooperativismo

Art. 5°.- De FORMA.